Información de Interés

Conozca nuestro histórico de noticias en nuestra sala de prensa, glosario de términos y preguntas frecuentes:

 

Acceso al Sistema Nacional de Transporte de Gas: Es la utilización de los Sistemas de Transporte de Gas Natural mediante el pago de los cargos correspondientes, con los derechos y los deberes que establece el Reglamento Único de Transporte y las normas complementarias a éste.

Agentes Operacionales o Agentes: Personas naturales o jurídicas entre las cuales se dan las relaciones técnicas y/o comerciales de compra, venta, suministro y/o transporte de Gas Natural, comenzando desde la producción y pasando por los sistemas de transporte hasta alcanzar el punto de salida de un usuario. Son Agentes los productores - comercializadores; los comercializadores, los distribuidores, los transportadores, los usuarios no regulados y los almacenadores independientes.

Calidad del Gas: Especificaciones y estándares del Gas Natural adoptados por la CREG en el presente reglamento, y en las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.

Capacidad Contratada: Capacidad de transporte de gas natural que el remitente contrata con el transportador para el servicio de transporte expresada en miles de pies cúbicos estándar por día (kpcd)) o en sus unidades equivalentes en el sistema Internacional de unidades.

Capacidad disponible Primaria: Es aquella capacidad de que dispone el transportador y que de acuerdo con los contratos suscritos no está comprometida como capacidad firme.

Capacidad máxima del gasoducto: Capacidad máxima de transporte diario de un gasoducto definida por el transportador, calculada con modelos de dinámica de flujo de gas utilizando una presión de entrada de 1.200 psi, las presiones para los diferentes puntos de salida del mismo y los parámetros específicos del fluido y del gasoducto.

Capacidad firme: Capacidad que, de acuerdo con los contratos suscritos, no es interrumpible por parte del transportador, salvo en casos de emergencia o de fuerza mayor.

Comisión o CREG: Comisión de Regulación de Energía y Gas, organizada como Unidad Administrativa Especial del Ministerio de Minas y Energía de acuerdo con las leyes 142 y 143 de 1994.

Condiciones estándar: Definen el pie (metro) cúbico estándar como el volumen de gas, real y seco (que cumpla las especificaciones del RUT, en cuanto a concentración de vapor de agua) contenido en un pie (metro) cúbico a una presión absoluta de 14.65 psi (1.01 bar absoluto), y a una temperatura de 60 °F (15.56 °C). A estas condiciones se referirán los volúmenes y todas las propiedades volumétricas del gas transportado por el Sistema Nacional de Transporte.
Los documentos, comunicaciones, etc., relacionados con el negocio del transporte de gas natural, donde se hable de condiciones estándar, estas deberán entenderse como presión absoluta de 14.65 psi y temperatura de 60 °F (1.01 bar absoluto y 15.56 °C). Cualquiera otra condición debe ser indicada explícitamente.

Conexión: Tramo de gasoducto que permite conectar al Sistema Nacional de Transporte, desde los Puntos de Entrada o Puntos de Salida, las Estaciones para Transferencia de Custodia.

Contrato de Transporte: Acuerdo de voluntades que se suscribe entre un Transportador y un Remitente para la prestación del servicio de transporte de gas natural, sometido a la regulación que explica la CREG, a las normas pertinentes de la ley 142 de 1994 y del Derecho Privado.

Cuenta de Balance: Es la diferencia acumulada entre la cantidad de energía entregada y la cantidad de energía tomada por un remitente durante un (1) mes.

Desbalance de Energía: Se define como la diferencia entre cantidad de energía entregada y la cantidad de energía tomada por un remitente en un día de gas.

Día de Gas: Día oficial de la República de Colombia que va desde las 0:00 horas hasta las 24:00 horas, durante el cual se efectúa es suministro y transporte de gas.

Estaciones De Compresión: Hace referencia a las estaciones de compresión de: Hatonuevo, La Jagua del Pilar, Casacará, Curumaní, Norean, San Alberto, Barrancabermeja, Vasconia, Puente Guillermo, Miraflores, Padua, Mariquita y La Sabana.

Gas Natural: Es una mezcla de hidrocarburos livianos, principalmente constituida por metano, que se encuentra en los yacimientos en forma libre o asociada al petróleo. El gas natural cuando lo requiera, debe ser acondicionado o tratado para que satisfaga las condiciones de calidad de gas establecidas en el RUT, y en las normas que lo adiciones, modifiquen o sustituyan.

Liberación de capacidad: Acto mediante el cual los remitentes venden o ceden capacidad firme a título oneroso, parcial o totalmente, temporal o permanentemente a otro remitente, siempre que sea técnicamente posible.

Nominación de Transporte: Es la solicitud diaria del servicio para el siguiente día de gas, presentada por el remitente al transportador, especificando la cantidad de energía a transportar horariamente, o diariamente, en el caso de distribuidores; el poder calorífico del gas; así como Puntos de Entrada y Salida.

Primera Opción de Compra (POC): Ofrecimiento preferencial de capacidad de transporte transitorio para ser convertido en firme que el transportador se compromete a presentarle al remitente, cuando alguien diferente a este último solicite capacidad de transporte en firme, siempre que las cantidades solicitadas superen la capacidad de transporte disponible en el gasoducto.

Punto de entrada: Punto en el cual se inyecta el gas al sistema de transporte desde la conexión del respectivo agente. El Punto de Entrada incluye la válvula de conexión y la "T" u otro accesorio de derivación.

Punto de salida: Punto en el cual el Transportador inyecta el gas a la Conexión del respectivo Agente. E Punto de Salida incluye la válvula de conexión y la "T" u otro accesorio de derivación.

Remitente: Persona natural o jurídica con la cual un Transportador ha celebrado un contrato para prestar el servicio de transporte de gas natural. Puede ser alguno de los siguientes agentes: productor - comercializador, comercializador, distribuidor, almacenador, usuario no regulado, usuario regulado.

Sistema de Transporte: Conjunto de gasoductos del Sistema Nacional de Transporte que integran los activos de una empresa de Transporte.

Subasta: Procedimiento estructurado de compra-venta de bienes o servicios con reglas formales, en la cual los potenciales compradores y/o vendedores pueden realizar ofertas.

Volumen Autorizado: Volumen de gas natural que el remitente tiene derecho a tomar del Sistema de Transporte de gas en el día de gas y que ha sido aprobado previamente por el transportador.

Volumen Entregado: volumen de gas natural que el remitente o su representante entrega durante el día de gas en el punto de entrada.

Volumen Tomado: Volumen de gas natural que el remitente toma durante el día de gas en el punto de salida.

El sector de Gas natural clasifica las actividades que desarrollan los agentes de la cadena para la prestación del servicio de gas en: Producción y proceso, transporte de gas natural, almacenamiento y distribución.

El alcance de cada una de las actividades es el siguiente:

Producción y proceso: Se basa en estudios geofísicos para determinar la posible localización de yacimientos que puedan contener crudo y gas, por medio de diferentes equipos y métodos se extrae el gas desde el subsuelo hasta la superficie, generalmente la presión del gas en el yacimiento es mayor que la atmosférica, por ende, el gas sale por sí solo sin intervención externa, desde el subsuelo hasta la superficie. Después de extraer el Gas Natural, es necesario procesarlo para que pueda cumplir con todos los requisitos para su utilización segura, esto se hace en la etapa de procesamiento.

Transporte de gas natural: El gas producido, luego de ser procesado con las especificaciones de calidad RUT es entregado por el productor al Transportador para que este se encargue de llevarlo hasta donde los Remitentes lo requieran, el transporte puede realizarse de varias maneras, siendo la más convencional a través de tuberías de hacer. Colombia tiene una red de gasoductos de más de 6.900km donde operan las siguientes transportadoras de gas natural

Almacenamiento: El gas natural puede almacenarse en grandes depósitos subterráneos o cadenas, estos depósitos funcionan a manera de "banco" y son cruciales para solventar enormes demandas (cargas estacionales) o situaciones de desabastecimiento.

Distribución: Parte final de la cadena de valor donde se entrega el gas natural al consumidor para sus diferentes usos.

Es una empresa de servicios públicos mixta que presta el servicio complementario de transporte de gas, con responsabilidad social, prácticas de clase mundial y un equipo humano innovador, eficiente y de alta calidad, liderando el mercado en el sector de transporte de gas en Colombia (sector Oil & Gas), al operar la red de tubería de gas más grande de Colombia. Su mayor accionista es la Empresa de Energía de Bogotá – EEB, casa matriz del Grupo Energía Bogotá, el cual es uno de los grupos empresariales más importantes de Colombia, dedicado al sector energético con presencia internacional, en como Perú y Guatemala.

La actividad principal de la compañía se enmarca en el transporte de gas natural desde los campos de producción hasta los remitentes o clientes, a través de gasoductos de alta presión y actividades conexas o complementarias. La participación de la Transportadora de Gas Internacional en esta cadena se realiza gracias a su red de transporte que está conformada por un sistema de ocho (8) gasoductos principales, conectados a ramales regionales, que transportan el gas hasta los municipios. La red de TGI tiene gasoductos subterráneos de acero y de diámetro amplio a través de los cuales se transporta gas natural con una presión entre 500 y 1400 psi.

En la actualidad, la empresa es la mayor transportadora de gas natural en Colombia, con 4.033 kilómetros de extensión de gasoductos, tiene una capacidad disponible superior a los 890 MPCD (millones de pies cúbicos día) con los cuales atiende las zonas más pobladas del país tales como Bogotá, Medellín, Cali, el Eje Cafetero y el Piedemonte Llanero. La empresa realiza la operación y el mantenimiento de la red de gasoductos más extensa de Colombia, desde la Guajira hasta el Valle del Cauca y desde los Llanos Orientales hasta Cundinamarca, Boyacá, Tolima y Huila.

El principal negocio operativo de TGI, es a planeación, organización, diseño, construcción, expansión, ampliación, mantenimiento, operación y explotación comercial de los sistemas de transporte de gas natural propios y de los sistemas de transporte de hidrocarburos en todas sus formas, así como la explotación comercial de la capacidad de los gasoductos de propiedad de terceros por los cuales se pague una tarifa de disponibilidad, entre otras actividades contempladas en su Estatuto Social.

TGI, está sujeta a la regulación, vigilancia y control de las autoridades competentes como:

Revisor Fiscal
TGI cuenta con un Revisor Fiscal, elegido por la Asamblea General de Accionistas, por un periodo de dos años. Para el año 2016, TGI seleccionó como revisor fiscal a la firma Deloitte & Touche Ltda. Los servicios que ofrece a nivel global giran en torno a las áreas de consultoría, impuestos, asesoría jurídica, asesoría financiera y auditoría.

Superintendencia de Servicios Públicos
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Superservicios, es un organismo de carácter técnico, creado por la Constitución de 1991, que por delegación del Presidente de la República de Colombia, ejerce inspección, vigilancia y control las entidades y empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios.

Auditor Externo de Gestión y Resultados 
En cumplimiento del artículo 51 de la Ley 142 de 1994, la Empresa cuenta con un Auditor Externo de Gestión y Resultados cuyo informe se presenta anualmente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. El informe correspondiente a la vigencia inmediatamente anterior, respecto a la información financiera y contable de fin de ejercicio y demás informes que requiera.

Contraloría de Bogotá D.C.
La Contraloría, ejerce cada año control fiscal, el cual se presenta al Comité de Auditoría y a la Junta Directiva para su análisis.  

Superintendencia de sociedades
La Superintendencia de Sociedades es un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señala la ley en relación con otros entes, personas jurídicas y personas naturales.

Libro Arqueología

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS | 25 de marzo 2022

 

En TGI, estamos firmemente comprometidos con los más altos estándares de sostenibilidad y gobierno corporativo. En línea con este compromiso, hemos propendido por adoptar lineamientos que limiten la participación accionaria de los miembros de nuestra junta directiva y de la alta dirección. Esta decisión se fundamenta en principios éticos y legales, y busca garantizar la integridad y la transparencia en todas nuestras operaciones.

  • Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): estos lineamientos se organizan directamente con los ODS, particularmente con el Objetivo 16, que promueve sociedades justas, pacíficas e inclusivas, y el Objetivo 12, que aboga por patrones de consumo y producción sostenibles. Al evitar conflictos de intereses y promover la toma de decisiones imparcial, contribuimos a un entorno empresarial más equitativo y transparente.
  • Fortalecimiento del Gobierno Corporativo: La prohibición de la participación accionaria de la junta directiva es una práctica recomendada por organismos internacionales como la OCDE y el Foro Económico Mundial. Refuerza la independencia de la junta, asegurando que las decisiones se tomen en el mejor interés de la empresa y de todas las partes interesadas, incluyendo a las comunidades donde operamos y al medio ambiente.
  • Mitigación de Riesgos: estos lineamientos mitigan los riesgos asociados con los conflictos de intereses, como la toma de decisiones sesgadas y la falta de transparencia. Al eliminar estos riesgos, protegemos la reputación de TGI y garantizamos la confianza de nuestros inversionistas y stakeholders.
  • Cumplimiento Legal: En Colombia, la Ley 964 de 2005 y otras regulaciones aplicables a las empresas con participación estatal establecen restricciones a la participación accionaria de los miembros de la junta directiva. Estos lineamientos cumplen plenamente con estas disposiciones legales, demostrando nuestro compromiso con la legalidad y la ética empresarial.

Estos lineamientos tienen un impacto positivo directo en la sostenibilidad de TGI. Al promover la toma de decisiones éticas, transparentes e imparciales, contribuyendo a:

  • Un entorno empresarial más justo y equitativo: Donde los intereses de todos los stakeholders son considerados.
  • La protección del medio ambiente: Al tomar decisiones que no están influenciadas por intereses personales, podemos priorizar prácticas sostenibles y responsables con el medio ambiente.
  • El desarrollo de las comunidades donde operamos: Al garantizar la transparencia y la rendición de cuentas, fortalecemos la confianza de las comunidades y contribuimos a su desarrollo.

Lo anterior se fundamenta en nuestro compromiso con la ética, la transparencia y el desarrollo sostenible.

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